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Boletín eléctrico (certificado de instalación) en Euskadi

El boletín eléctrico es el certificado de instalación de baja tensión que emite una empresa instaladora al acabar una instalación nueva, una ampliación o una modificación. En Euskadi se registra en el Gobierno Vasco con una declaración responsable (Decreto 81/2020), que pasa los datos a la compañía.

Por Redacción de Reformas en Vizcaya · Actualizado en octubre de 2026

Instalación eléctrica completa de vivienda

1.200 – 3.500€ por piso estándar

Datos de Bilbao. Precios orientativos: las fuentes no siempre aclaran si llevan IVA. En reformas de vivienda el IVA es del 10 % o del 21 % según la obra; pide que el presupuesto lo indique. Fuente: Cronoshare, reformar instalación eléctrica en Bilbao.

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¿Qué es el boletín eléctrico?

«Boletín» es el nombre de siempre del certificado de instalación eléctrica de baja tensión. Lo emite la empresa instaladora cuando termina una instalación y ha hecho las verificaciones que pide el reglamento, y lo firma un instalador de esa empresa. Según la instrucción ITC-BT-04 del Reglamento Electrotécnico para Baja Tensión (Real Decreto 842/2002), recoge como mínimo:

  • Las principales características de la instalación.
  • La potencia prevista.
  • La referencia de la inspección inicial de un organismo de control, cuando la instalación la necesita.
  • La empresa instaladora y el instalador que firma.
  • La declaración expresa de que la instalación cumple el reglamento.

Con el certificado, la empresa tiene que entregarte unas instrucciones de uso y mantenimiento con, como mínimo, el esquema unifilar de la instalación y un croquis de su trazado (artículo 19 del reglamento). Guárdalos: te los pedirán si un día amplías la instalación.

¿Cuándo necesitas un boletín nuevo?

El reglamento exige documentar y tramitar las instalaciones nuevas, sus ampliaciones y sus modificaciones (ITC-BT-04, apartados 3 y 4). En la práctica de una reforma, lo necesitas cuando:

  1. Cambias la instalación eléctrica del piso, algo habitual al reformar una vivienda antigua. Lo contamos en instalación eléctrica antigua.
  2. La amplías, por ejemplo con nuevas líneas o un punto de recarga para el coche.
  3. Subes la potencia de un contrato de más de 20 años y la distribuidora comprueba que la instalación no cumple (ver más abajo).

Hacer una ampliación o una modificación sin tramitarla no sale gratis: la instrucción ITC-BT-05 la clasifica como defecto grave si la instalación pasa una inspección.

El boletín es un trámite de seguridad industrial y no sustituye al permiso municipal de la obra. Si renuevas la instalación de un piso en Bilbao, por ejemplo, la obra va por comunicación previa en el ayuntamiento, que incluye las instalaciones, y el certificado se registra aparte en el Gobierno Vasco. Qué pide cada ayuntamiento, en licencia de obra o comunicación previa.

¿Proyecto o memoria técnica de diseño?

Antes del certificado, la instalación necesita su documentación técnica. La ITC-BT-04 distingue dos niveles:

Instalación Documento que necesita
Vivienda en un edificio de pisos Memoria técnica de diseño, salvo que el edificio pase de 100 kW por caja general de protección
Vivienda unifamiliar Memoria técnica de diseño hasta 50 kW; proyecto por encima
Recarga de coche eléctrico Proyecto por encima de 50 kW, o de 10 kW si la recarga está en el exterior
Locales mojados o húmedos Proyecto por encima de 10 kW
Locales de pública concurrencia Proyecto siempre

Para un piso, lo normal es la memoria técnica de diseño (MTD): un impreso con el modelo del Gobierno Vasco que firma la propia empresa instaladora o un técnico titulado, con el esquema unifilar, el croquis, los cálculos de las líneas y los datos del propietario. El proyecto lo firma un técnico titulado y obliga a que la obra tenga dirección técnica.

¿Cómo se tramita en Euskadi?

En Euskadi, la puesta en servicio de una instalación eléctrica de baja tensión se hace con una declaración responsable ante el Gobierno Vasco (Decreto 81/2020, de seguridad industrial, artículo 10.2). Permite poner la instalación en servicio «desde el día de su presentación» (artículo 8.3): no hay que esperar una autorización.

El trámite del Gobierno Vasco es el «[BT] Tramitación de instalaciones eléctricas de baja tensión», en su modalidad BT-A, para instalaciones nuevas y modificaciones de importancia. Pide:

  • La declaración responsable para la puesta en servicio.
  • El proyecto o la memoria técnica de diseño, según el caso.
  • El certificado de instalación eléctrica de baja tensión.
  • El certificado de dirección de obra y el de un organismo de control, si la instalación los necesita.

Si lo presenta la empresa instaladora, no hace falta adjuntar el certificado: su declaración responsable «equivaldrá al Certificado de Instalación (Boletín) a los efectos reglamentarios y de suministro de energía eléctrica» (disposición adicional tercera, apartado 1). Si lo presentas tú como titular, adjuntas el certificado firmado por la empresa. Se puede presentar por internet, con identificación electrónica, o en persona en la Delegación Territorial de Bizkaia y en las oficinas de Zuzenean. El titular debe guardar la documentación por si la Administración la pide.

¿Hay que llevar el boletín a la compañía eléctrica?

En Euskadi, no. El mismo decreto dispone que el órgano competente en energía comunica «diariamente y de forma telemática» los datos tramitados a la empresa suministradora, de modo que el titular no tiene que presentarle ningún documento de puesta en servicio para contratar (disposición adicional tercera, apartado 2). Para la luz provisional de una obra, el suministro se pide a la distribuidora con la documentación reglamentaria y no puede durar más que la licencia de la obra (apartado 3).

¿Se puede dar de alta la luz sin boletín?

Depende de lo que pidas. El reglamento general de suministro aprobado por el Real Decreto 88/2026 resuelve dos casos frecuentes:

Qué pides Qué puede exigir la distribuidora
Cambiar el titular de un contrato de baja tensión de más de 20 años, sin tocar sus condiciones técnicas Nada: no puede pedir un certificado nuevo ni verificar la instalación (artículo 39.6)
Subir la potencia de un contrato de baja tensión de más de 20 años Verificar la instalación, cobrando los derechos de verificación; si no cumple, adaptarla y presentar el boletín (artículo 38.7)
Dar servicio a una instalación nueva o reformada La instalación tiene que estar registrada con su declaración responsable en el Gobierno Vasco

Si compras un piso que lleva tiempo sin luz y no sabes en qué caso estás, pregunta a la distribuidora qué te pide antes de contratar a un electricista.

¿Cada cuánto hay que revisar la instalación de una vivienda?

El reglamento no exige inspecciones periódicas a la instalación de una vivienda. La ITC-BT-05 las exige cada cinco años en las instalaciones que necesitaron inspección inicial (industrias grandes, locales de pública concurrencia, piscinas, aparcamientos de 25 plazas o más y otras) y cada diez años en las instalaciones comunes de los edificios de viviendas de más de 100 kW. Esa revisión es cosa de la comunidad, y la hace un organismo de control.

Tampoco la inspección técnica del edificio entra en la electricidad: el Decreto 117/2018 la deja fuera de la ITE porque tiene su propia normativa (artículo 2.3).

¿Cuánto cuesta el boletín en Bizkaia?

Las cifras que manejamos son de Bilbao, vienen de Cronoshare y no coinciden entre sus propias guías:

  • Solo el certificado (boletín): entre 80 y 150 € en una guía y entre 250 y 380 € en otra.
  • Hora de electricista en Bilbao: entre 32 y 45 €.
  • Instalación completa de un piso de 80-90 m²: entre 1.200 y 3.500 €.

Si la instalación es antigua, lo que encarece el boletín es lo que hay que cambiar para poder firmarlo: el cuadro eléctrico, entre 400 y 800 € en Bilbao según Cronoshare, o la toma de tierra, que muchas viviendas antiguas de Bilbao no tienen según la misma fuente. Pide que el presupuesto diga si incluye la memoria técnica, el certificado y el registro en el Gobierno Vasco. Más precios en precio de un electricista en Bizkaia.

Preguntas frecuentes

¿Se puede dar de alta la luz sin boletín?

Depende del caso. Si cambias el titular de un contrato de más de 20 años sin cambiar sus condiciones técnicas, la distribuidora no puede pedirte un certificado nuevo ni verificar la instalación (artículo 39.6 del reglamento aprobado por el Real Decreto 88/2026). En una instalación nueva o reformada, sí hace falta: en Euskadi se registra con una declaración responsable ante el Gobierno Vasco, que comunica los datos a la compañía.

¿Cuánto cuesta un boletín eléctrico en Bilbao?

Cronoshare da entre 80 y 150 € por el certificado de instalación en Bilbao, aunque otra de sus guías lo sitúa entre 250 y 380 €. Si cambias la instalación entera, que en un piso de 80-90 m² cuesta de 1.200 a 3.500 € según la misma fuente, pide que el presupuesto diga si incluye el certificado y su registro.

¿Quién puede hacer el boletín eléctrico?

Una empresa instaladora en baja tensión habilitada, y lo firma un instalador que pertenece a ella (instrucción ITC-BT-04 del Reglamento Electrotécnico para Baja Tensión). Antes de emitirlo, la empresa verifica la instalación. Con el certificado tiene que entregarte unas instrucciones de uso y mantenimiento con el esquema unifilar y un croquis del trazado (artículo 19 del reglamento).

¿Hay que llevar el boletín a la compañía eléctrica en Euskadi?

No. El Decreto 81/2020 del Gobierno Vasco dispone que el órgano competente en energía comunica a diario y de forma telemática los datos de las instalaciones tramitadas a la empresa suministradora, de modo que el titular no tiene que presentarle ningún documento de puesta en servicio para contratar (disposición adicional tercera, apartado 2).

¿Hace falta un boletín nuevo para subir la potencia?

Solo si la instalación no cumple. Al pedir más potencia en un contrato de baja tensión de más de 20 años, la distribuidora verifica la instalación y puede cobrar los derechos de verificación; si no cumple las condiciones de seguridad, exige adaptarla y presentar el boletín del instalador (artículo 38.7 del reglamento del Real Decreto 88/2026).

Fuentes

  1. Gobierno Vasco, tramitación de instalaciones eléctricas de baja tensión [BT]
  2. Decreto 81/2020, de 30 de junio, de seguridad industrial (BOPV)
  3. Real Decreto 842/2002, Reglamento Electrotécnico para Baja Tensión, texto consolidado (BOE)
  4. Real Decreto 88/2026, Reglamento general de suministro, comercialización y agregación de energía eléctrica (BOE)
  5. Decreto 117/2018 de la inspección técnica de los edificios (BOPV)
  6. Ayuntamiento de Bilbao, comunicación previa de obras menores en viviendas
  7. Cronoshare, reformar la instalación eléctrica en Bilbao
  8. Cronoshare, electricistas en Bilbao
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