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Permisos e impuestos

Permisos e impuestos de obra en Bizkaia

Licencia de obra o comunicación previa, ICIO, IVA e inspección de edificios en Bizkaia.

Andamios, vallas y contenedores en la calle: permisos en Bizkaia

Poner un andamio, una valla o un contenedor de obra en la calle exige un permiso municipal distinto de la licencia o la comunicación de la obra, y ligado a ella. En Bilbao, la licencia de elementos auxiliares se resuelve en cinco días y el contenedor lo pide la empresa con diez días de antelación.

Boletín eléctrico (certificado de instalación) en Euskadi

El boletín eléctrico es el certificado de instalación de baja tensión que emite una empresa instaladora al acabar una instalación nueva, una ampliación o una modificación. En Euskadi se registra en el Gobierno Vasco con una declaración responsable (Decreto 81/2020), que pasa los datos a la compañía.

ICIO en Bizkaia: el impuesto de obras de cada municipio

El ICIO es el impuesto municipal que se paga al hacer una obra en Bizkaia, también si va por comunicación previa. Es un porcentaje del coste de ejecución material, sin IVA ni beneficio de la empresa, y los 16 municipios con más habitantes aplican el 5 % general, el máximo que permite la norma foral.

Inspección técnica de edificios (ITE) en Euskadi y Bizkaia

En Euskadi, todo edificio de viviendas con más de 50 años debe pasar la inspección técnica de edificios (ITE): la primera se presenta en el ayuntamiento dentro del año siguiente a cumplirlos y se repite cada diez años (Decreto 117/2018). En Bizkaia la tiene vigente el 48,8 % de los obligados.

IVA del 10 % en reformas de vivienda: requisitos

Una reforma de vivienda lleva un IVA del 10 % si la encarga un particular para su uso o una comunidad de propietarios, la vivienda se terminó o rehabilitó al menos dos años antes y los materiales que aporta la empresa no pasan del 40 % de la base imponible. Si falla uno, toda la obra va al 21 %.

Licencia de obra en Bilbao: comunicación previa, obra menor y andamios

En Bilbao, cambiar suelos, alicatados o instalaciones sin mover tabiques va por comunicación previa: la presentas y empiezas. Si cambias la distribución, el piso está en planta baja o bajo cubierta, o tocas estructura o fachada, necesitas licencia, que en las obras sencillas se da en el acto.

Licencia de obra o comunicación previa en Bizkaia: qué necesita tu reforma

En Bizkaia, una reforma interior que no toca estructura, fachada ni distribución suele ir por comunicación previa: la presentas en el ayuntamiento y empiezas. Tirar tabiques, cambiar la fachada, cerrar una terraza o cambiar el uso exige licencia, según el artículo 207 de la Ley vasca 2/2006.

Obras en la comunidad de vecinos: mayorías, derramas y permisos

Las obras necesarias para conservar el edificio son obligatorias y no se votan: la junta solo reparte la derrama (artículo 10 de la Ley de Propiedad Horizontal). El ascensor pide mayoría de propietarios y cuotas; la eficiencia energética, mayoría simple, y cerrar terrazas, tres quintos.

Pasar una lonja o local a vivienda en Bizkaia

Pasar una lonja o un local a vivienda es un cambio de uso y necesita licencia, que se resuelve en dos meses como máximo (artículo 207.1.r de la Ley vasca 2/2006). La vivienda tiene que tener al menos 35 m² útiles y 2,50 m de altura libre (Decreto 80/2022), y el planeamiento debe admitir ese uso.

Tirar un tabique o una pared de carga: permisos y riesgos

Tirar un tabique cambia la distribución de la vivienda, y la ley vasca exige licencia para eso (artículo 207.1.e de la Ley 2/2006), aunque Getxo, Leioa y Erandio admiten algunos derribos por comunicación previa. Si es de carga, toca la estructura: licencia, técnico y acuerdo de la comunidad.

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