¿Qué es la ITE en Euskadi?
La inspección técnica de edificios (ITE) es un informe que un técnico hace sobre el estado de un edificio y que la propiedad presenta en el ayuntamiento. En Euskadi la regula el Decreto 117/2018, de 24 de julio, del Gobierno Vasco, que sigue vigente: lo confirma el informe de seguimiento de Euskoregite de marzo de 2026.
Si vienes de otra comunidad, quizá la conozcas como informe de evaluación del edificio (IEE). En Euskadi no hay dos informes: la ITE revisa en el mismo documento el estado de conservación, la accesibilidad y la eficiencia energética. Lo que no revisa son el ascensor, la electricidad, las telecomunicaciones, la calefacción y el agua caliente, que tienen sus propias revisiones (artículo 2.3).
¿Qué edificios tienen que pasar la ITE?
El artículo 2.1 obliga a «los edificios de uso predominantemente residencial ubicados en el territorio de la Comunidad Autónoma del País Vasco que tengan una edad superior a cincuenta años a contar desde la fecha de finalización de las obras de nueva planta o de la rehabilitación integral del edificio». Entran bloques de pisos y casas unifamiliares (artículo 3). Solo quedan fuera los declarados en ruina.
Hay un segundo caso: para pedir ayudas del Gobierno Vasco para obras de conservación, accesibilidad o eficiencia energética, el edificio necesita la ITE antes de la solicitud, «independientemente de la edad del edificio» (disposición adicional primera). Las líneas de ayuda las repasamos en ayudas a la rehabilitación en Euskadi y Bizkaia.
¿Cuándo hay que presentarla y cada cuánto?
El artículo 11 marca el calendario:
- Primera ITE: dentro del año siguiente a aquel en que el edificio cumple 50 años. Ejemplo: un edificio terminado en 1975 cumplió 50 años en 2025 y debía presentarla a lo largo de 2026.
- Siguientes: cada diez años desde que se presentó la anterior en el ayuntamiento.
- Casas unifamiliares sin fachada a una calle o espacio público: cuando el ayuntamiento la pida.
- Adelanto: el ayuntamiento puede exigirla antes si el estado del edificio lo justifica (artículo 11.4).
Un detalle que conviene saber: el ayuntamiento puede rechazar una ITE presentada más de seis meses después de su fecha de elaboración. Es uno de los motivos de rechazo que recoge Euskoregite, junto con hacer una sola ITE para varios portales o que la firme un técnico no competente.
¿Quién la encarga, quién la hace y quién paga?
- La encarga la comunidad de propietarios o, si no actúa, los propietarios (artículos 9.1 y 12.1). Se hace una ITE por portal (artículo 6.3).
- La hace un técnico con la titulación que exige la Ley de Ordenación de la Edificación, por su cuenta o dentro de una entidad de control de calidad de la edificación (artículo 10.1). Euskoregite habla de arquitecto o aparejador, imparcial y con seguro de responsabilidad civil. El informe se genera con la aplicación informática ITE del Gobierno Vasco (artículo 6.1).
- La paga la propiedad del edificio (artículo 6.6).
No tenemos un precio de la ITE de una fuente fiable que podamos darte. Pide presupuesto a más de un técnico, compara qué incluye cada uno y pregunta si se encarga de presentarla en el ayuntamiento en nombre de la comunidad: Euskoregite recuerda que la tiene que presentar la propiedad o su representante.
¿Qué revisa la ITE y qué pasa después?
El técnico inspecciona a la vista la cubierta, la cimentación, la estructura, las fachadas y las redes comunes de agua, y evalúa la accesibilidad y la eficiencia energética (artículos 6.4 y 8). Cada deficiencia se clasifica en uno de cinco grados (artículo 8.3.g):
| Grado | Tipo de intervención | Cuándo hay que hacerla |
|---|---|---|
| 1 | Inmediata | En 24 horas |
| 2 | Muy urgente | En tres meses como máximo |
| 3 | Urgente | En doce meses como máximo |
| 4 | Necesaria | A medio plazo |
| 5 | Mantenimiento | Dentro del mantenimiento del edificio |
Cuando terminan las obras de los grados 1, 2 y 3, la comunidad tiene tres meses para presentar el certificado de subsanación firmado por el técnico (artículo 14.4). El decreto pide además acreditar en tres meses el plan de uso y mantenimiento del edificio (capítulo V).
De la ITE salen muchas de las obras de comunidad que luego se votan en la junta: fachadas, cubiertas, estructura, redes de agua y accesibilidad. Cómo se aprueban y se reparten, en obras en la comunidad de vecinos, y lo que cuesta una fachada en rehabilitación de fachadas.
¿Cómo sé si mi edificio tiene la ITE?
El ayuntamiento inscribe cada ITE en el Registro de Inspecciones Técnicas de los Edificios de Euskadi, Euskoregite, en un plazo de tres meses (artículos 12.5 y 20). Su web tiene un buscador de edificios abierto a cualquiera, que busca por municipio, calle y portal y permite filtrar los edificios con ITE, los que tienen obras pendientes de subsanar y el año de la próxima ITE. La edad que muestra sale de los datos de Eustat y el propio buscador avisa de que es orientativa.
Si vas a comprar un piso, pide la ITE del edificio y mira si tiene obras de grado 1, 2 o 3 pendientes: son las derramas que vienen.
¿Cuántos edificios la tienen en Bizkaia?
Según el informe de seguimiento de Euskoregite a 31 de marzo de 2026, en Bizkaia hay 49.689 edificios obligados (los de 1975 o antes, descontados los exentos) y 24.248 ITE vigentes. El grado de cumplimiento es del 48,80 %, casi igual que el del conjunto de Euskadi (48,49 %): algo más de la mitad de los edificios obligados no la tiene al día.
El parque de Bizkaia explica el volumen. Con los datos del censo de 2021 de Eustat, el 51,2 % de los edificios de viviendas del territorio es de 1970 o antes, y todos ellos pasan ya de los 50 años. En los municipios con más habitantes:
| Municipio | Edificios de viviendas | Construidos en 1970 o antes |
|---|---|---|
| Sestao | 1.187 | 79,5 % |
| Bilbao | 10.810 | 69,1 % |
| Portugalete | 2.007 | 66,2 % |
| Barakaldo | 3.558 | 65,3 % |
| Santurtzi | 1.809 | 65,3 % |
| Basauri | 1.558 | 65,0 % |
| Bermeo | 1.319 | 60,0 % |
| Erandio | 1.591 | 57,2 % |
| Gernika-Lumo | 1.122 | 51,6 % |
| Galdakao | 1.828 | 48,1 % |
| Amorebieta-Etxano | 1.574 | 44,3 % |
| Getxo | 4.801 | 39,9 % |
| Durango | 1.434 | 37,5 % |
| Mungia | 2.430 | 27,4 % |
| Leioa | 1.466 | 22,1 % |
| Sopela | 1.643 | 17,3 % |
¿Qué pasa si la comunidad no la pasa?
Primero, el ayuntamiento puede requerirla y dar dos meses para presentarla; si no se hace, puede encargarla él mismo a costa de los propietarios (artículo 9.4). Además, el Gobierno Vasco recuerda en su web que la Ley 3/2015 de Vivienda sanciona:
| Incumplimiento | Infracción | Multa |
|---|---|---|
| No tener la ITE cuando es obligatoria | Grave (artículo 84) | De 3.001 a 20.000 € |
| No hacer las obras urgentes que señala | Grave (artículo 84) | De 3.001 a 20.000 € |
| No hacer las obras inmediatas o muy urgentes | Muy grave (artículo 83) | De 20.001 a 300.000 € |
¿La ITE ayuda a pagar menos por las obras?
Sí, de dos formas. Es la llave de las ayudas del Gobierno Vasco para rehabilitar, como hemos visto. Y algunos ayuntamientos rebajan el impuesto de obras a lo que sale de ella: Portugalete aplica un ICIO del 2,5 % a las obras de comunidades derivadas de la ITE, la mitad del tipo general, y Durango bonifica un 90 % las obras obligatorias de la ITE. Lo tienes municipio a municipio en ICIO en Bizkaia. Si vives en Bilbao, los servicios técnicos de Surbisa asesoran sobre el contenido de la ITE, la planificación de las obras y las ayudas: lo contamos en Surbisa.
Preguntas frecuentes
¿Qué edificios tienen que pasar la ITE en Bizkaia?
Los de uso predominantemente residencial con más de 50 años desde que se terminaron o se rehabilitaron de forma integral, tanto bloques de pisos como casas unifamiliares (artículos 2.1 y 3 del Decreto 117/2018). Quedan fuera los declarados en ruina. Además, cualquier edificio que quiera pedir ayudas del Gobierno Vasco para obras de conservación, accesibilidad o eficiencia energética necesita la ITE antes de solicitarlas, tenga la edad que tenga.
¿Cada cuánto hay que pasar la ITE en Euskadi?
Cada diez años desde que se presentó en el ayuntamiento (artículo 11 del Decreto 117/2018). La primera se presenta dentro del año siguiente a aquel en que el edificio cumple 50 años. Las casas unifamiliares sin fachada a una calle o espacio público solo la presentan cuando el ayuntamiento lo pide, y el ayuntamiento puede adelantarla si el estado del edificio lo justifica.
¿Qué multa hay por no tener la ITE?
Según el Gobierno Vasco, carecer de la ITE cuando es obligatoria es una infracción grave de la Ley 3/2015 de Vivienda, con multa de 3.001 a 20.000 €. No hacer las obras urgentes que señala también es grave, y no hacer las inmediatas o muy urgentes es muy grave, con multa de 20.001 a 300.000 €. Además, el ayuntamiento puede encargar la ITE él mismo a costa de los propietarios.
¿Es lo mismo la ITE que el IEE?
En Euskadi, la ITE hace en un solo informe lo que en otras comunidades se reparte entre la ITE y el informe de evaluación del edificio (IEE): estado de conservación, accesibilidad y eficiencia energética. Por eso aquí se habla de ITE. No revisa ascensores, electricidad, telecomunicaciones, calefacción ni agua caliente, que tienen sus propias revisiones (artículo 2.3 del Decreto 117/2018).
¿Cómo sé si mi edificio tiene la ITE?
Pregúntalo al administrador o al presidente de la comunidad, o búscalo en Euskoregite, el registro de inspecciones técnicas del Gobierno Vasco. Su buscador de edificios permite buscar por municipio, calle y portal, y filtrar los edificios con ITE o con obras pendientes de subsanar. El ayuntamiento inscribe cada ITE en ese registro en un plazo de tres meses desde que se la presentan.
¿Quién paga la ITE?
La propiedad del edificio: el coste es a cargo de los propietarios (artículo 6.6 del Decreto 117/2018). En un bloque de pisos la encarga y la paga la comunidad de vecinos, y si la comunidad no actúa, lo pueden hacer los propietarios. Se hace una ITE por portal, así que un edificio con dos portales necesita dos.
Fuentes
- Decreto 117/2018 de la inspección técnica de los edificios en la Comunidad Autónoma del País Vasco (BOPV)
- Euskoregite, informe de seguimiento de las ITE a 31 de marzo de 2026
- Euskoregite, portal de las inspecciones técnicas de edificios
- Euskoregite, quiénes somos
- Euskoregite, buscador de edificios
- Euskoregite, preguntas frecuentes sobre la ITE
- Ley 38/1999 de Ordenación de la Edificación, texto consolidado (BOE)
- Eustat, edificios de viviendas por año de construcción (censo de 2021)
- Surbisa, conoce el estado de tu edificio (asesoramiento sobre la ITE)
- Ayuntamiento de Portugalete, ordenanzas fiscales y precios públicos (ICIO, ordenanza 4)
- Ayuntamiento de Durango, ordenanza fiscal 5 del ICIO