14.000 – 120.000€ por edificio
Qué incluye cada nivel
- Básica: 14.000 – 45.000 € · Hay hueco en la escalera; equipo sin cuarto de máquinas básico
- Media: 40.000 – 105.000 € · Edificio antiguo con obras de adaptación
- Alta: 50.000 – 150.000 € · Por fachada o patio, o sin hueco con estructura nueva
Media de España: en Bizkaia la mano de obra es más cara y el precio suele quedar en la mitad alta del rango. Precios orientativos: las fuentes no siempre aclaran si llevan IVA. En reformas de vivienda el IVA es del 10 % o del 21 % según la obra; pide que el presupuesto lo indique. Fuente: Cronoshare, poner ascensor, Habitissimo, ascensores (con párrafo de Gipuzkoa).
¿Cuántos pisos de Bizkaia no tienen ascensor?
Según la estadística de viviendas de Eustat a 1 de enero de 2024, 164.909 viviendas familiares de Bizkaia no tienen ascensor, el 29,4 %. La cifra mete en el mismo saco las casas unifamiliares, que no lo necesitan, así que el porcentaje de cada municipio solo dice algo donde casi todo son pisos. Cómo se descuentan las casas lo explicamos en ascensores en Bizkaia.
Para ver dónde están los bloques sin ascensor, sirve cruzar ese dato con las viviendas que hay de media en cada edificio. Estos son los municipios con ocho viviendas o más por edificio, ordenados por el porcentaje sin ascensor:
| Municipio | Viviendas por edificio (2021) | Viviendas sin ascensor (2024) | Porcentaje |
|---|---|---|---|
| Ondarroa | 8,5 | 1.934 | 46,1 % |
| Sestao | 11,4 | 5.494 | 40,7 % |
| Portugalete | 10,7 | 7.131 | 33,1 % |
| Santurtzi | 12,0 | 5.777 | 26,4 % |
| Ugao-Miraballes | 8,1 | 509 | 24,8 % |
| Barakaldo | 13,1 | 11.539 | 24,5 % |
| Basauri | 12,4 | 4.465 | 23,2 % |
| Durango | 9,3 | 2.319 | 17,0 % |
| Leioa | 9,4 | 2.248 | 16,0 % |
| Bilbao | 15,3 | 23.056 | 13,8 % |
| Etxebarri | 8,4 | 659 | 13,2 % |
| Ermua | 14,7 | 819 | 11,1 % |
Fuentes: Eustat, censo de 2021 y estadística de viviendas de 2024. Las viviendas por edificio son un cálculo nuestro. Ondarroa, con 8,5 viviendas por edificio, es un municipio de bloques y tiene casi la mitad de sus viviendas sin ascensor, más que Sestao. Bilbao tiene el porcentaje más bajo de la lista, pero suma por sí sola 23.056 viviendas sin ascensor: lo vemos en ascensores en Bilbao.
¿Qué opciones hay si vives en un piso sin ascensor?
| Opción | Quién la decide | Cuándo encaja | Precio orientativo |
|---|---|---|---|
| Ascensor en el hueco de la escalera | La comunidad | El ojo de la escalera tiene sitio | 14.000-45.000 € según paradas |
| Ascensor por patio o fachada, o abriendo hueco | La comunidad | No cabe en la escalera | 35.000-120.000 € según paradas |
| Bajar el ascensor que ya hay a cota cero | La comunidad | Arranca por encima del portal o para entre plantas | Sin fuente fiable: pide presupuesto |
| Plataforma o silla salvaescaleras en la escalera común | La comunidad | No cabe un ascensor o hace falta ya | Sin fuente fiable: pide presupuesto |
| Rampa en el portal | La comunidad | Escalones en la entrada | Sin fuente fiable: pide presupuesto |
| Salvaescaleras portátil u oruga | Tú | Solución individual sin obra | Pregunta en Gizatek |
Los precios del ascensor son de Cronoshare, media de España, y en Bizkaia suelen quedar en la mitad alta. Habitissimo pone de ejemplo, para Gipuzkoa, unos 60.000 € por un ascensor exterior hidráulico de 4 paradas con proyecto, obras y licencias. Después hay que mantenerlo: entre 30 y 120 € al mes según el contrato, que pasan a los gastos de la comunidad. El desglose por paradas y partidas está en precio de un ascensor en una comunidad.
Ejemplo: un ascensor de 4 paradas en el hueco de la escalera cuesta entre 18.000 y 30.000 € según Cronoshare. En un portal de ocho viviendas con cuotas iguales, saldría por 2.250-3.750 € cada una antes de ayudas. Es un cálculo nuestro: el reparto real sigue las cuotas de cada vivienda.
¿Cómo se consigue en la junta?
- Pídelo por escrito. Cualquier propietario puede pedir que la junta estudie un asunto: se dirige un escrito al presidente, que lo incluye en el orden del día de la siguiente junta (artículo 16.2 de la Ley de Propiedad Horizontal).
- Encarga un estudio de viabilidad. Un técnico dice dónde cabe el ascensor, cuántas paradas tendrá, si llegará a cota cero y qué habrá que ocupar. Sin ese papel, la junta vota a ciegas.
- Pregunta por las ayudas antes de votar. La oficina de rehabilitación de tu municipio informa de las líneas para comunidades. Las del Gobierno Vasco exigen tener la ITE registrada antes de pedirlas, sea cual sea la edad del edificio (Decreto 117/2018, disposición adicional primera). Están todas en sociedades y oficinas de rehabilitación.
- Vota. El ascensor necesita el voto favorable de la mayoría de propietarios que, a la vez, sumen la mayoría de las cuotas, y una vez aprobado obliga a todos a pagar aunque supere doce mensualidades al año (artículo 17.2). Quien no vino a la junta y no se opone en 30 días naturales cuenta como voto a favor (artículo 17.8).
- Licencia y obra. Un ascensor nuevo toca la estructura o la configuración del edificio, así que lleva licencia (artículo 207.1.d de la Ley 2/2006) y, por lo general, proyecto técnico.
El fondo de reserva de la comunidad, que debe ser de al menos el 10 % de su último presupuesto ordinario, puede destinarse a estas obras de accesibilidad (artículo 9.1.f). Cómo se convoca la junta y se reparte la derrama, en obras en la comunidad de vecinos.
¿Y si la comunidad no quiere?
Hay un caso en que no hace falta convencer a nadie. La Ley de Propiedad Horizontal, en la redacción vigente de su artículo 10.1.b, hace obligatorias sin acuerdo de la junta las obras de accesibilidad que piden los propietarios en cuya vivienda o local vivan, trabajen o presten servicios voluntarios personas con discapacidad o mayores de setenta años, incluidos los ascensores, las rampas y otros dispositivos mecánicos. Las condiciones:
- El límite de doce mensualidades. Es obligatoria si lo que se repercute a cada uno al año, descontadas las ayudas, no pasa de doce mensualidades ordinarias de gastos comunes. Si la comunidad pide financiación, ese reparto se puede extender tantos años como permita el préstamo.
- Las ayudas. Quien pide la obra puede aportar las convocatorias de ayudas disponibles, y la comunidad queda obligada a solicitarlas. Si las ayudas concedidas llegan al 70 % del coste, la obra es obligatoria sin límite económico.
- El exceso. Si el coste pasa del límite o las ayudas no llegan al 70 %, la obra sigue siendo obligatoria cuando quienes la piden asumen la diferencia.
- La obra. Ocupar los elementos comunes mientras duran estas obras tampoco necesita acuerdo de la junta (artículo 10.1.c).
- El juez. Si aun así la comunidad no la hace, el interesado puede pedir al juzgado que la obligue.
Antes de llegar a eso, haz el requerimiento por escrito al presidente con el certificado de discapacidad o la edad de quien vive en la casa, y adjunta el estudio de viabilidad. Para el procedimiento judicial, consulta con un abogado.
¿Y si hace falta espacio de un vecino o de la calle?
Un ascensor a veces necesita un trozo de lo que no es de la comunidad:
- De un piso o un local. Cada propietario tiene que permitir en su vivienda o local las servidumbres imprescindibles para crear servicios comunes acordados conforme a la ley, con derecho a que la comunidad le indemnice los daños y perjuicios (artículo 9.1.c).
- De la acera o un espacio libre público. La ley estatal del suelo permite ocupar las superficies de espacios libres o de dominio público que sean indispensables para instalar ascensores, y también superficies comunes de uso privativo, como vestíbulos, descansillos, voladizos o soportales, cuando no haya otra solución viable y quede asegurada la funcionalidad de esos espacios (artículo 24.4 del Real Decreto Legislativo 7/2015). El ayuntamiento lo aplica a través de su planeamiento, así que pregunta en urbanismo antes de encargar el proyecto.
En Bilbao, la comunicación previa para elementos comunes solo vale para el acabado del portal y la escalera sin modificar el acceso ni las cotas: tocar un escalón del portal o la entrada ya es otra obra.
¿Qué ayudas hay en Bizkaia?
Sin importes ni plazos, porque cambian con cada convocatoria:
- Gobierno Vasco, ayudas y préstamos para obras comunitarias de rehabilitación, que incluyen la accesibilidad, y otra línea para los vecinos en situación de vulnerabilidad que deben pagar una rehabilitación integral del edificio.
- Surbisa, en Bilbao, con su programa de ascensores y eliminación de barreras para toda la ciudad. Lo explicamos en Surbisa.
- Gizatek, de la Diputación Foral de Bizkaia, subvenciona productos de apoyo y la adaptación del hogar a personas con una discapacidad reconocida de al menos el 33 % o una dependencia reconocida, empadronadas en Bizkaia durante los doce meses anteriores. Antes de la subvención emite un informe técnico de idoneidad, y su asesoramiento sobre productos de apoyo está abierto a cualquiera.
- El ICIO, el impuesto de obras, que la mayoría de los ayuntamientos rebaja para el primer ascensor o la eliminación de barreras. La tabla municipio a municipio está en ascensores en Bizkaia.
¿Qué hay que preguntar antes de votar?
- Si el ascensor llegará a cota cero o dejará escalones en el portal o entre plantas.
- Cuántas paradas tendrá y si para en todos los pisos.
- Qué ocupa: escalera, patio, fachada, parte de algún local o espacio público.
- Si quita luz o vistas a las ventanas del patio.
- Cuánto costará mantenerlo cada mes y qué incluye el contrato.
- Quién tramita las ayudas y la licencia, y cuánto tardan.
- Cómo se reparte el coste según el título y los estatutos.
- Plazo de obra y cómo se sube y se baja mientras dure.
Preguntas frecuentes
¿Puedo obligar a mi comunidad a poner ascensor?
Sí, si en tu vivienda vive, trabaja o presta servicios voluntarios una persona con discapacidad o mayor de 70 años. La Ley de Propiedad Horizontal hace obligatoria la obra sin acuerdo de la junta si lo que se repercute al año, descontadas las ayudas, no pasa de doce mensualidades de gastos comunes; si pasa, sigue siendo obligatoria cuando quien la pide asume el exceso o las ayudas cubren el 70 % (artículo 10.1.b).
¿Tienen que pagar el ascensor los vecinos del bajo?
Si la junta aprueba el ascensor con la mayoría del artículo 17.2, toda la comunidad queda obligada al pago, aunque supere doce mensualidades al año. El reparto se hace según la cuota de participación de cada uno, salvo que el título o los estatutos establezcan otra cosa (artículo 9.1.e). Algunos estatutos eximen a bajos y locales de ciertos gastos: revísalos antes de la junta.
¿Qué es bajar el ascensor a cota cero?
Es hacer que el ascensor llegue al nivel de la calle y pare en los rellanos de cada piso, sin escalones por medio. Hay ascensores antiguos que arrancan unos peldaños por encima del portal o paran entre plantas, y quien va en silla de ruedas o con andador sigue sin poder usarlos. Normalmente supone obra en el portal: en Bilbao, por ejemplo, tocar el acceso o las cotas ya no entra en la comunicación previa.
¿Hay ayudas para un salvaescaleras en Bizkaia?
Si es una obra de la comunidad, entra en las ayudas de accesibilidad para edificios del Gobierno Vasco y, en Bilbao, en las de Surbisa. Para soluciones de una persona, Gizatek, de la Diputación Foral de Bizkaia, subvenciona productos de apoyo y la adaptación del hogar a quien tenga reconocida una discapacidad del 33 % o una dependencia y lleve doce meses empadronado. Su asesoramiento es para cualquiera.
¿Se puede poner el ascensor por fuera ocupando la acera?
La ley estatal del suelo permite ocupar espacios libres o de dominio público que sean indispensables para instalar ascensores cuando no haya otra solución viable, técnica o económicamente, y quede asegurada la funcionalidad de ese espacio (artículo 24.4 del texto refundido de 2015). Lo decide el ayuntamiento con su planeamiento: consúltalo en urbanismo antes de encargar el proyecto.
Fuentes
- Eustat, viviendas familiares según características estructurales (1-1-2024)
- Eustat, viviendas por ámbitos territoriales y tipo (censo de 2021)
- Eustat, edificios de viviendas por año de construcción (censo de 2021)
- Ley 49/1960 sobre propiedad horizontal, texto consolidado (BOE)
- Real Decreto Legislativo 7/2015, texto refundido de la Ley de Suelo y Rehabilitación Urbana (BOE)
- Ley 2/2006 de Suelo y Urbanismo del País Vasco, texto consolidado (BOE)
- Decreto 117/2018 de la inspección técnica de los edificios (BOPV)
- Gobierno Vasco, ayudas y préstamos para obras comunitarias de rehabilitación (Línea 2)
- Gobierno Vasco, ayudas a particulares vulnerables para obras comunitarias de rehabilitación integral (Línea 3)
- Diputación Foral de Bizkaia, Gizatek
- Cronoshare, poner ascensor
- Habitissimo, ascensores (con párrafo de Gipuzkoa)
- Ayuntamiento de Bilbao, comunicación previa de obras menores en viviendas